Para la justicia criminal estadounidense, al menos la de Manhattan, la red social debe revelar a los instructores los mensajes de un escritor durante las jornadas de los Ocupantes de Wall Street.
La razón de esta postura es que las normas constitucionales que protegen la correspondencia privada, no se aplican a comentarios “públicos” transmitidos por Twitter. El Juez opinó que “lo que das al público, pertenece al público, lo que te reservas para ti, solo te pertenece a ti”- el comentario parece algo religioso, pero, en fin.
Lo notable es que los mensajes no estaban online y que la misma red se opuso, en principio, a cederlos. Su fundamento es que los contenidos pertenecen a los usuarios que los formulan.
Es evidente que, aun cuando el derecho que regula la privacidad de los contenidos en las redes sociales respecto de su presentación en juicio está en desarrollo, una corriente judicial no le otorga el mismo nivel que cuando se trata de comunicación escrita- en papel. El fallo en cuestión es el segundo en esa jurisdicción, en igual sentido.
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